El día 6 de Diciembre de cada año, se celebra el incumplimiento sistémico de nuestra Constitución.
Si alguien lo duda, pondremos algunos ejemplos:
- Artículo 14
- Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Artículo 21
- Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
- Artículo 35.1
- Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
- Artículo 43
- 1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
- 2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones
- Artículo 44
- 1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
- 2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.
- Artículo 47
- Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
- Artículo 50
- Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.
Obsérvese, acariciando la lectura de nuestra Constitución, que ya no es difícil encontrar artículos incumplidos. Resulta cuanto menos curioso que haya uno que sí se cumpla a rajatabla:
- Artículo 135
- 3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión. El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
One Comment
Según la ecuesta del CIS
dos de cada tres ciudadanos están insatisfechos con la actual democracia eso dice bastante de la opinión pública sobre la situación actual, y dada la corriente política, agudizada en los últimos años, de gobernar y legislar sometidos a las ordenes de los grandes grupos que controlan la economía, mientras se vuelve la espalda a la ciudadanía esta insatisfacción no puede mas que incrementarse.
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